Camal
Ordenanza No. 0476 GADMQ – 2013
Art 10 – El ingreso del ganado al Camal Municipal, sera de quince (15:00) horas a diecisiete (17:00) horas
Requisitos
- Certificado zoosanitario de producción y movilidad (Emitido por Agrocalidad)
- Pago rápido
Registro de los usuarios eventuales
Son usuarios eventuales quienes realicen el faenamiento para consumo personal y únicamente pagaran los costos establecidos para dicho servicio, exceptuándose el costo de inscripción.


Los valores establecidos son:
a) Para ganado mayor (vacuno) doce dólares americanos ($.12,00USD) incluido el servicio administrativo, por cabeza;
b) Para ganado menor (porcino, caprino y ovino) nueve dólares americanos ($9,00USD) incluido el Servicio Administrativo, por cabeza:
c) Las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residentes en el cantón Quijos o fuera de él, que ingresen al Cantón, carne de ganado faenado en otros cantones, deberán sacar un permiso en la Entidad Municipal, previo el pago de veinte dólares americanos ($20.00USD), por unidad, antes del expendio al público, los productos deben ser inspeccionados por el médico veterinario.
Tasas por el registro de rastro
Para introducción cualquier tipo de ganado al Camal Municipal para matanza y faenamiento, los usuarios del servicio deberán obtener previamente un permiso un permiso de la Comisaria Municipal y cancelar la tasa correspondiente en Recaudación Municipal, por el servicio y provisión de las instituciones, medios para el faenamiento y accesorios existentes, dentro de dichas dependencias.
